Para lograr un adecuado uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, es imprescindible contar con el Libro del Edificio. En él se reseña toda la documentación de la obra original, así como las modificaciones posteriores a la entrega del edificio. Aunque no es normal su existencia en edificios anteriores al año 2000, cualquier comunidad puede solicitar a un técnico competente su elaboración.
En él, también se establecen las inspecciones y revisiones técnicas obligatorias a realizar durante la vida útil del edificio, de forma que estas normas de mantenimiento perduren a pesar de los posibles cambios en la presidencia de la comunidad o el la administración de fincas correspondiente.
Los trabajos técnicos a realizar, para garantizar el correcto mantenimiento de las instalación y del edificio, de acuerdo a las prescripciones del Código Técnico de la Edificación, se resumen en los siguientes puntos:
1. Seguimiento y coordinación de los trabajos de mantenimiento
2. Registro de los trabajos de mantenimiento
3. Registro de la documentación generada por los industriales de mantenimiento
4. Seguimiento y registro de Inspecciones técnicas periódicas según lo establecido en el Libro del Edificio y según la normativa de obligado cumplimiento.
5. Seguimiento del Libro del Edificio o Libro de Mantenimiento del Edificio.
6. Registro de incidencias
7. Informes Técnicos periódicos del estado del edificio y del mantenimiento del mismo, incluyendo recomendaciones y mejoras a realizar, catalogándolas según el grado de urgencia de las mismas.
Normativa en vigor:
1. Ley de ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación (LOFCE) Ley 3/2004
2. Código Técnico de la Edificación (CTE) Real Decreto 314/2006
3. Ley 6/1994, Reguladora de la actividad urbanística
4. Ley de Ordenación de la Edificación, Ley 38/1999 (LOE)